EL JUICIO EMPEZÓ ANTES QUE SU GRABACIÓN

Caso Apolozan · fraude FEDER (Bilbao / Alicante / UE)

EL JUICIO EMPEZÓ ANTES QUE SU GRABACIÓN

La mañana del 31 de enero de 2019, en la Sección Primera de la Audiencia de Bizkaia, comenzó el juicio. La grabación oficial — el acta del juicio, porque la ley hace del soporte audiovisual el acta — comenzó más tarde. Esa diferencia, que debería ser imposible, está documentada por tres vías independientes.

Primera: los propios archivos. El primer bloque del soporte oficial arranca a las 10:09:21 (metadatos del registro oficial, verificables por cualquiera; la escena, en el extracto A.18). Segunda: la propia voz de la sala. En los primeros segundos de grabación se escucha — está transcrito en este portal — "Muy bien, están todos instalados" y, acto seguido: "Perdón, porque ya comienza formalmente, como está el acta base del soporte videográfico". La sala reconociendo, en voz alta, que lo de antes no quedó en el acta. Tercera: el testimonio jurado de una persona presente (A.20), que describe ese tramo previo no grabado como un momento de tensión e intimidación dirigida al acusado, con referencias a su entrada en prisión.

Qué ocurrió exactamente en esos minutos invisibles no puede saberse — esa es precisamente la cuestión. Un juicio cuyo arranque psicológico sucede fuera del acta no puede reconstruirse después: ni por el tribunal superior, ni por el perito, ni por el historiador. La memoria oficial del procedimiento empieza cuando la dinámica ya estaba fijada.

Y esto fue solo el primer corte. La mañana tendría más.

El dato claveInicio de la grabación oficial: 10:09:21 (metadatos del registro oficial). En el segundo 3 del soporte: "Perdón, porque ya comienza formalmente, como está el acta base del soporte videográfico" (transcripción propia). Testimonio jurado del tramo previo sin grabar: A.20 (2-4-2024).
La pregunta incómodaSi la propia grabación empieza reconociendo que el juicio ya había comenzado, ¿dónde está el acta de lo que pasó antes — y por qué nadie la echó en falta?
La normaEl registro audiovisual es el acta del juicio oral y debe documentarlo íntegramente (art. 743, LECrim); las garantías del art. 6 CEDH cubren el procedimiento completo, no solo su parte grabada.
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Documentación del caso EuroFraud · cada afirmación remite a su documento (A.X / DOC-XXXX). Material con vocación probatoria; toda persona mencionada goza de presunción de inocencia.