LA VÍA EUROPEA: SEIS PUERTAS, NINGUNA RESPUESTA DE FONDO

Caso Apolozan · fraude FEDER (Bilbao / Alicante / UE)

LA VÍA EUROPEA: SEIS PUERTAS, NINGUNA RESPUESTA DE FONDO

El expediente llamó, una a una, a todas las puertas de Europa, y el anexo A.68 conserva el registro de cada llamada. El 17 de septiembre de 2024 el Parlamento Europeo registró la Petición 1070/2024; dos días después quedó presentada la denuncia ante la OLAF (caso 18907). Siguieron la demanda T-328/24 ante el Tribunal General (18 de noviembre de 2024) y, ante el silencio, el requerimiento formal del artículo 265 TFUE (1 de octubre de 2025).

Enero de 2026 concentró lo que ningún guionista se atrevería a escribir: el día 27, mientras el titular entraba a un quirófano de cirugía cardíaca, su representación registraba ante la OLAF la solicitud de protección de denunciante (caso 24469). Dos días después, la petición de medidas urgentes al TEDH recibió respuesta el mismo día con una frase que merece leerse despacio: la solicitud «no ha sido sometida a un juez para su decisión». Era la cuarta demanda ante Estrasburgo; las cuatro (22595/20, 32438/22, 15094/24, 3459/26) terminaron igual: inadmisión de juez único, sin examen del fondo.

El 10 de marzo de 2026 la Fiscalía Europea declinó su competencia y remitió el asunto a la OLAF — el organismo cuya denuncia llevaba entonces dieciocho meses sin resolver. Las cartas al Presidente del TEDH (9 de marzo) y a la Asamblea Parlamentaria del Consejo de Europa (16 de marzo) cierran, de momento, la serie: sin respuesta.

Este hito no afirma nada que no esté en las trece piezas del anexo. Deja al lector la única cuenta que importa: seis vías institucionales, dieciocho meses, ninguna resolución de fondo. La Historia que estos cincuenta hitos documentan termina, por ahora, aquí: en un expediente que ya no denuncia solo lo que ocurrió en Bilbao y Alicante, sino lo que está ocurriendo con quienes deben examinarlo.

El dato claveDenuncia OLAF 19-9-2024 (caso 18907); Petición PE 1070/2024 (17-9-2024); T-328/24 (18-11-2024); art. 265 TFUE (1-10-2025); protección de denunciante 27-1-2026 (caso 24469); respuesta TEDH regla 39 de 29-1-2026; oficio EPPO 10-3-2026; cartas de 9-3 y 16-3-2026. Todo en A.68.
La pregunta incómodaSi seis vías institucionales distintas reciben el mismo expediente durante dieciocho meses, ¿qué explica que ninguna haya emitido una sola resolución de fondo?
La normaLa Unión protege a quienes informan sobre infracciones de su Derecho (Directiva (UE) 2019/1937); la OLAF investiga el fraude a los intereses financieros (Reglamento (UE) 883/2013); toda persona tiene derecho a que su causa sea oída (art. 47 de la Carta).
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Documentación del caso EuroFraud · cada afirmación remite a su documento (A.X / DOC-XXXX). Material con vocación probatoria; toda persona mencionada goza de presunción de inocencia.