LA ADVERTENCIA QUE LA PROPIA ADMINISTRACIÓN DEJÓ POR ESCRITO

Caso Apolozan · fraude FEDER (Bilbao / Alicante / UE)

LA ADVERTENCIA QUE LA PROPIA ADMINISTRACIÓN DEJÓ POR ESCRITO

Si alguna vez alguien sostiene que la administración fue engañada, hay un documento con fecha que responde por sí solo.

El 11 de junio de 2012, los técnicos que examinaban el expediente detectaron el defecto y lo formalizaron: falta de poderes de representación (A.4). El sistema advirtió, por escrito, que quien gestionaba la solicitud carecía de un poder que lo facultara. No es una interpretación posterior de parte: es un requerimiento del propio órgano instructor, incorporado al expediente, con su sello de registro.

Lo que el procedimiento exigía en ese punto es elemental: suspender, subsanar, acreditar la representación antes de seguir. Lo que ocurrió fue otra cosa: el expediente continuó su curso hacia la concesión y el desembolso, con el defecto anotado y sin resolver.

Este papel cambia la naturaleza de todo lo que viene después. A partir del 11 de junio de 2012, ningún actor institucional de esta historia puede alegar desconocimiento: la irregularidad de la representación no se descubrió años más tarde — se documentó al mes de presentarse la solicitud, por los mismos técnicos que debían filtrarla. Lo vieron. Lo escribieron. Y la maquinaria siguió.

El dato claveRequerimiento por falta de poderes de representación, 11-6-2012, con sello de registro del 14-6-2012 (A.4). El procedimiento continuó hasta la concesión (29-10-2012) sin que conste la subsanación.
La pregunta incómodaSi el defecto que años después se imputaría al administrado estaba advertido por escrito por la propia administración desde junio de 2012, ¿de quién es la responsabilidad de lo que se tramitó después?
La normaDetectado un defecto subsanable, la administración debe requerir su subsanación y no continuar sin ella (art. 71, Ley 30/1992, vigente en 2012); las bases del programa (Orden de 21 de mayo de 2007) condicionan la tramitación a la acreditación de la representación.
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Documentación del caso EuroFraud · cada afirmación remite a su documento (A.X / DOC-XXXX). Material con vocación probatoria; toda persona mencionada goza de presunción de inocencia.