1.778.000 EUROS: LA CIFRA QUE FIRMÓ LA PROPIA ADMINISTRACIÓN

Caso Apolozan · fraude FEDER (Bilbao / Alicante / UE)

1.778.000 EUROS: LA CIFRA QUE FIRMÓ LA PROPIA ADMINISTRACIÓN

En el corazón de este caso hay una cifra, y no la puso el acusado.

A lo largo de 2012 y 2013, la SPRI y los auditores del programa hicieron lo que las bases les mandaban: comprobar. Inspeccionaron el proyecto, revisaron el desarrollo del software, lo tasaron. El expediente recoge una valoración de las aplicaciones informáticas de 1.778.000 euros (A.5) — emitida por los técnicos del propio sistema, sobre inspección material, con pagos liberados sobre esa base.

Es difícil exagerar lo que esa cifra significa jurídicamente. Pagar fondos públicos exige certificar antes la realidad de la inversión: no es una cortesía, es un mandato legal — nacional y europeo. Cada euro abonado en este expediente lleva debajo, por construcción, una verificación oficial de que el software existía y valía lo tasado.

Por eso conviene dejarla establecida ahora, con su documento y su fecha. Porque un año después, la misma administración que la firmó pasaría a sostener exactamente lo contrario — que la inversión válida era cero, que el proyecto apenas existió. Las dos afirmaciones siguen hoy en el mismo expediente, a unas decenas de folios de distancia, sin un solo informe técnico entre ambas que explique el tránsito. Una de las dos es falsa. La que está respaldada por inspecciones, certificaciones y pagos es la primera.

El dato claveValoración oficial de las aplicaciones informáticas: 1.778.000 € (A.5), con auditorías y pagos liberados sobre esa certificación (109.718,21 € el 8-3-2013, DOC-0168). No consta informe posterior que la desvirtúe.
La pregunta incómodaSi certificar era obligatorio para pagar, y se pagó, ¿qué queda de la tesis de que no había nada que certificar?
La normaLa entidad gestora debe comprobar la realización de la actividad antes del pago (art. 32, Ley 38/2003, General de Subvenciones); en operaciones FEDER, el Estado miembro responde de verificar la entrega y la realidad del gasto (art. 60.b, Reglamento CE 1083/2006; Orden de 21 de mayo de 2007).
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Documentación del caso EuroFraud · cada afirmación remite a su documento (A.X / DOC-XXXX). Material con vocación probatoria; toda persona mencionada goza de presunción de inocencia.