Denuncia y Autos del Juzgado de Instrucción nº3 Alicante
Caso Apolozan · fraude FEDER (Bilbao / Alicante / UE)
El auto, en sus propias palabras
Dada cuenta; por presentada la anterior denuncia dirigida a las Diligencias Previas 2231/16 y habida cuenta que no guarda relación con los hechos a que se refiere dicho procedimiento […] devuélvase al denunciante por si a su derecho interesa presentar nueva denuncia para su reparto.
— Auto del Juzgado de Instrucción nº 3 de Alicante (magistrada Belén Gutiérrez González)
Lo que el auto resuelve — y lo que no
- Resuelve devolver la denuncia por prevaricación contra el Jefe de Recaudación del ámbito de Hacienda.
- No la remite de oficio al juzgado competente por reparto: indica al denunciante que vuelva a empezar.
- No consta valoración alguna del contenido: ni admisión, ni archivo motivado — devolución.
El marco del deber judicial
El artículo 262 LECrim impone a quienes por razón de su cargo tengan noticia de un delito público la obligación de denunciarlo, y el sistema procesal articula la remisión entre órganos precisamente para que la notitia criminis no dependa de la perseverancia del ciudadano. Una denuncia contra un funcionario público devuelta — no remitida — deja la persecución del posible delito a cargo de su víctima.
El efecto material
Mientras la denuncia volvía al punto de partida, las actuaciones denunciadas seguían ejecutándose (A.41). El denunciante — sin justicia gratuita en este frente (A.45) — debía rehacer el camino procesal completo. La devolución, formalmente impecable, produjo el efecto material de la inacción.
Cómo verificarlo
Lea el auto y busque en él dos cosas: una valoración del fondo y una remisión de oficio. La ausencia de ambas, con el sello de entrada al lado, es el documento.
Prueba documental · A.43 · 19 diciembre 2016 · Impulso acusatorio o denuncia
Documentación del caso EuroFraud · cada afirmación remite a su documento (A.X / DOC-XXXX). Material con vocación probatoria; toda persona mencionada goza de presunción de inocencia.