Grabación Audio Sra. Rosa de la Gestoría de Bilbao
Caso Apolozan · fraude FEDER (Bilbao / Alicante / UE)
El soporte de este anexo es sonoro: una conversación con la persona que procesaba la documentación contable de la sociedad del caso. Su contenido y su suerte procesal se describen por separado, porque cada uno prueba una cosa distinta.
El soporte y su contenido
- Archivo de audio con metadatos internos de grabación del 29 de septiembre de 2017, integrado en el USB probatorio del caso junto al resto del material audiovisual (A.39.3).
- Interlocutora: la responsable contable de la gestoría de Bilbao que gestionaba la documentación de la sociedad.
- Contenido: la mecánica de entrega de las facturas a la contabilidad — quién las aportaba — y el contexto en el que se gestó la denuncia.
Su relevancia respecto del objeto del juicio
La acusación sostuvo que los fondos se liberaron sobre facturas ficticias gestionadas por el acusado (A.11). La persona que recibía y procesaba esas facturas era, por función, testigo directo de quién las entregaba. Su conocimiento afectaba al núcleo de lo imputado.
La suerte procesal del soporte
El tribunal no practicó esta prueba ni motivó su descarte — el mismo tratamiento que recibieron las escrituras (A.1), el requerimiento de poderes (A.4) y las valoraciones técnicas (A.10). El derecho a utilizar los medios de prueba pertinentes forma parte del artículo 24.2 de la Constitución y del artículo 6.3.d) del Convenio Europeo de Derechos Humanos: la pertinencia de oír a quien procesaba las facturas, en un juicio sobre facturas, no requiere desarrollo argumental.
Cómo verificarlo
El audio obra en el soporte del anexo; sus metadatos de fecha son legibles con cualquier inspector de archivos. Busque después, en las actuaciones, la resolución que motive por qué esta voz no fue oída. No la encontrará.
Prueba documental · A.17 · 29 septiembre 2017 · Prueba audiovisual y pericial
Documentación del caso EuroFraud · cada afirmación remite a su documento (A.X / DOC-XXXX). Material con vocación probatoria; toda persona mencionada goza de presunción de inocencia.