Demanda Contencioso Administrativo nº2 Alicante
Caso Apolozan · fraude FEDER (Bilbao / Alicante / UE)
Con la vía penal cerrada (A.47, A.48) y la nulidad sin respuesta (A.50), quedaba el contencioso. Este escrito lo abrió.
La demanda
- Presentada el 14 de octubre de 2020 ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 2 de Alicante; procedimiento ordinario 444/2020 (NIG 03014-45-3-2020-0001745).
- Impugna las actuaciones ejecutivas canalizadas por la Directiva 2010/24/UE fuera de plazo (A.40, A.41) y solicita la revisión de oficio de los actos nulos.
- Aporta el certificado pericial de Villajoyosa (A.49): la prueba de que la deuda, calculada sin costes, no se sostiene como fue liquidada.
El movimiento de la Abogacía del Estado
El 17 de noviembre de 2020, la Abogacía del Estado contestó interesando que se dictara auto con remisión de las actuaciones a la Sala — el reconocimiento procesal de que el objeto excedía el ámbito del juzgado. Las posiciones escritas del Estado en este frente (A.62, A.64) forman su propia línea probatoria.
Qué quedó planteado
Por primera vez en el frente tributario, un órgano judicial recibió juntos: el calendario de la prescripción, la pericial de costes y el expediente de notificaciones. El procedimiento 444/2020 es el contenedor del que derivan las cautelares desatendidas (A.53, A.54) y los escritos ante la Audiencia Nacional (A.60–A.63).
Cómo verificarlo
Lea el suplico de la demanda y la contestación de noviembre. Pretensión documentada y remisión interesada: las dos piezas fijan el punto de partida del último frente interno.
Contraste con el expediente original
El arranque judicial consta en Original Alicante: el recurso contencioso inicial (DOC-0187) y la providencia de admisión a trámite del PO 444/2020 por el Juzgado nº 2 de Alicante (DOC-0188).
Prueba documental · A.52 · 14 octubre 2020 · Reconstrucción documental principal
Documentación del caso EuroFraud · cada afirmación remite a su documento (A.X / DOC-XXXX). Material con vocación probatoria; toda persona mencionada goza de presunción de inocencia.