Video 4 - Evidencia de Destrucción del Desarrollo de Pruebas

Caso Apolozan · fraude FEDER (Bilbao / Alicante / UE)

Video 4 - Evidencia de Destrucción del Desarrollo de Pruebas

De un registro de juicio importan dos inventarios: el de lo que falta y el de lo que queda. Este anexo aporta los dos — y la orden que explica el primero.

La orden, en sus propias palabras

No, no, no grabe el desarrollo de la práctica de la prueba.
— Registro del plenario, sesión del 31 de enero de 2019 (en torno a las 12:09); secuencia reproducible desde esta ficha

El artículo 743 LECrim ordena registrar las sesiones del juicio oral: la grabación es el acta. La instrucción de no grabar la práctica de la prueba — el corazón del juicio — consta en el propio sistema de la sala.

Lo que falta

  • Tramos de la práctica de la prueba sin registro audiovisual, identificables por las discontinuidades del material entregado frente a los ficheros originales del sistema (A.39.3).
  • El tramo inicial de 11 minutos del inicio escenificado (A.18) y el corte de casi 6 minutos del episodio de la protesta (A.21).
  • La pericial forense de 19 de julio de 2023 (A.33) examina estas ausencias y concluye alteración repetida del material, con orientación constante.

Lo que queda — y lo que dice

En el material conservado del plenario consta la declaración del querellante Cándido Iriarte reconociendo ante el tribunal que el volumen de la inversión tecnológica materializada por Apolozan superaba las partidas finalmente abonadas por el Gobierno Vasco — reproducible desde las fichas de A.26 y A.39.3. La afirmación procede de quien impulsó la causa y contradice la tesis de la inexistencia de inversiones (A.6, A.11).

El tratamiento judicial de ambos inventarios

La Sentencia 21/2019 (A.26) no aborda los tramos ausentes ni valora la declaración transcrita: ni la laguna, ni la orden de no grabar, ni su contenido obtuvieron análisis. El artículo 741 LECrim ordena valorar las pruebas practicadas en el juicio; la declaración de Iriarte se practicó en el juicio.

Cómo verificarlo

Pulse "Ver la secuencia" y escuche la orden. Coteje después el material entregado con los originales (A.39.3) y enumere las discontinuidades. Hueco, orden y silencio judicial: los tres se comprueban por reproducción y lectura.

El datoLa orden de no grabar la práctica de la prueba consta en el propio registro de la sala — y la sentencia no analiza ni la orden, ni los tramos ausentes, ni la declaración del querellante que quedó en lo conservado.
La pregunta¿Qué acta es la de un juicio en el que consta, grabada, la orden de no grabar precisamente la práctica de la prueba?

Prueba documental · A.22 · 31 enero 2019 · Prueba audiovisual y pericial
Documentación del caso EuroFraud · cada afirmación remite a su documento (A.X / DOC-XXXX). Material con vocación probatoria; toda persona mencionada goza de presunción de inocencia.