Resolución dictada por la sala 2a, del Tribunal Constitucional, el 22 de febrero de 2022
Caso Apolozan · fraude FEDER (Bilbao / Alicante / UE)
La inadmisión es una figura legítima del sistema de amparo. Lo que este anexo documenta es su efecto acumulado en este caso concreto.
La resolución
- Dictada por la Sala Segunda del Tribunal Constitucional el 22 de febrero de 2022.
- Sentido: inadmisión del recurso (A.30), sin examen del fondo de las vulneraciones invocadas.
- Fundamento: el filtro de admisibilidad del régimen del amparo (artículo 50 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional), que exige justificar la especial trascendencia constitucional.
El recuento que esta resolución completa
- Instrucción nº 8 de Bilbao: no consta cotejo registral ni de firmas (A.9).
- Audiencia Provincial: sentencia sin valoración de las escrituras, el requerimiento de poderes ni las inspecciones (A.26).
- Tribunal Supremo: desestimación de la casación — cotejo pendiente de localizar en su texto (A.29).
- Tribunal Constitucional: inadmisión sin fondo.
Cuatro niveles jurisdiccionales; el cotejo documental — fechas registrales contra hechos probados — sin constancia de examen en ninguno.
¿Cabe una explicación ordinaria?
El Constitucional inadmite la gran mayoría de los amparos: estadísticamente, esta inadmisión es normal. Lo que la estadística no explica es la serie completa: que cuatro filtros sucesivos e independientes coincidan en no realizar una comprobación que requiere dos fechas y un calendario. Cada eslabón es defendible aislado; la cadena entera es el dato.
Cómo verificarlo
Reconstruya la serie con los documentos: A.9, A.26, A.29 y esta resolución. Anote, para cada nivel, dónde consta el examen del cotejo registral. El recuento es el argumento.
Contraste con el expediente original
La providencia de inadmisión original consta en Original Bilbao (DOC-0155), con su notificación LexNET de 24-2-2022 (DOC-0150): la fórmula del artículo 50.1.b LOTC frente a las 50+ páginas de fondo del recurso (DOC-0153).
Prueba documental · A.31 · 22 febrero 2022 · Recursos y revisión jurisdiccional
Documentación del caso EuroFraud · cada afirmación remite a su documento (A.X / DOC-XXXX). Material con vocación probatoria; toda persona mencionada goza de presunción de inocencia.