Decreto de Incoación por parte del Fiscal jefe de Bilbao

Caso Apolozan · fraude FEDER (Bilbao / Alicante / UE)

Decreto de Incoación por parte del Fiscal jefe de Bilbao

Dos fechas bastan para examinar esta resolución: la del peritaje aportado y la del decreto que declara que no hay nada nuevo.

El decreto

  • Dictado por el Fiscal Jefe de Bizkaia en el expediente gubernativo 168/2023, con resolución de noviembre de 2023.
  • Fundamento: las alegaciones reiterarían planteamientos previos y no aportarían elementos nuevos.
  • Remite al denunciante a otros órganos competentes, sin practicar diligencia alguna.

Las dos fechas

  • 19 de julio de 2023: emisión del informe pericial de criminalística forense que concluye la alteración repetida de las grabaciones del juicio (A.33). No existe en el caso ninguna actuación anterior que contenga ese informe: es, por fecha y por contenido, nuevo.
  • Noviembre de 2023: el decreto declara la ausencia de elementos nuevos.

El marco del deber fiscal

El artículo 5 del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal y el artículo 773.2 LECrim ordenan, recibida una denuncia, practicar diligencias de comprobación o archivar de forma motivada. Un archivo cuyo fundamento — la ausencia de novedad — queda desmentido por la fecha del documento aportado plantea su propia cuestión de motivación.

Cómo verificarlo

Ponga el decreto junto al peritaje: fecha contra fecha. Después busque en el decreto una sola línea que examine las conclusiones del perito. La comprobación completa requiere dos documentos y un minuto.

El datoEl decreto declara que no hay elementos nuevos teniendo aportado un peritaje forense fechado cuatro meses antes — inexistente en cualquier actuación anterior del caso.
La pregunta¿Cómo puede no ser nuevo un informe pericial cuya fecha de emisión es posterior a todas las actuaciones que el decreto dice reiteradas?

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